Diferencias de una declaración anual y una declaración especial

Declaración anual

 

  • Certificación electrónica que presentarán las abogadas cuando soliciten eximirse. Se debe presentar dentro de los primeros 30 días de cada año fiscal del Poder Judicial.

Declaración especial

 

  • Certificación que presentarán las personas abogadas cuando soliciten excluirse del banco de asignación de casos de oficio. Se podrán presentar cuando cambien las circunstancias personales o profesionales que puedan dar paso a una exclusión nueva o revisar una concedida y pasó el tiempo para presentar una declaración anual y existen circunstancias que justifiquen eximirle del banco de asignación de oficio.