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Deberes éticos, medidas transitorias y declaraciones


El Tribunal Supremo ha establecido en varias ocasiones que las abogadas tienen una obligación personal de conocer las normas vigentes- incluyendo los reglamentos de oficio. El desconocimiento del reglamento de oficio no es una excusa para incumplir. Véase, In Re García Muñoz 160 DPR 744 (2003).

Cada año fiscal, las abogadas que interesan solicitar una exención bajo alguna de las razones permitidas deben presentar una declaración anual dentro de los primeros 30 días de cada año fiscal, que comienza los 1 de julio.